La normativa cambiante de ingreso a Israel
Por el Dr. Darío Sykuler
Una de las características más salientes de la situación pandémica que nos toca vivir es la necesidad de adecuarnos a un cambio permanente de regulaciones en materia migratoria. La flexibilidad es el canto de la hora, que seguramente nos acompañará por un tiempo más, y adaptarnos a la misma será nuestra mejor opción para ayudarnos a viajar.
Hay muchísimas consultas en materia de viajes e ingresos a Israel, que es sin duda uno de los principales destinos mundiales, y su marco normativo atraviesa una modificación constante, en función de la realidad epidemiológica.
Las autoridades israelíes han dispuesto que, a partir del 11 de agosto de 2021 se requiere aislamiento de 7 días a los pasajeros provenientes de los nuevos países que pasan a integrar ese listado “ilustre”:
Ucrania, Italia, Islandia, Estados Unidos, Botswana, Bulgaria, Alemania, Países Bajos, Tanzania, Grecia, Malawi, Egipto, República Checa, Francia, Cuba, Ruanda y Túnez.
Estos países se agregan a los anteriores de la lista, que ya requerían aislamiento:
Emiratos Árabes Unidos, Guatemala, Honduras, Zimbabwe, Mongolia, Myanmar, Namibia, Fiji, Colombia y Camboya.
Sin embargo, no todas son noticias negativas, ya que desde el viernes 6.8.2020 se eliminó de la lista de países que requieren el aislamiento a los siguientes países:
Uganda, Seychelles, Zambia, Liberia, Panamá, Paraguay, Costa Rica y Kenia.
En el caso de Argentina, por un lado, nuestro país integra la lista roja de los países a los cuales los israelíes tienen prohibición de viajar. En ese listado figuran los países que son considerados de “riesgo máximo” en materia epidemiológica.
En relación al ingreso a Israel para los argentinos, los requisitos de ingreso generales para quienes no son ciudadanos israelíes, por ahora siguen siendo muy restrictivos, para situaciones puntualmente previstas en la normativa israelí, definidas como razones humanitarias, como por ejemplo, funerales o bodas de parientes de primer grado, y por un período de visita de 24 horas. Cada situación es evaluada en forma particular, sujeta a la presentación de la documentación respaldatoria, y sometida para su aprobación al Director General de la Autoridad de Población.
Pero no son todas malas noticias ya que los criterios de admisión tan cambiantes nos traen a veces sorpresas, y desde la semana que viene se espera el dictado de nueva normativa que promete ser un tanto más flexible, aunque no debemos adelantarnos hasta su publicación.
Hay que estar atentos a los requisitos cambiantes, y se puede obtener más información en la página web de la Embajada de Israel en Argentina, donde podrán encontrar el link que los lleva a la publicación actualizada con las instrucciones migratorias, los accesos a los formularios necesarios para presentar las solicitudes de ingreso, y toda la información relevante.
Darío Sykuler, abogado matriculado en Argentina e Israel y Secretario de la Cámara de Comercio Argentino israelí.
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